Ahora se explica claramente qué es “contacto directo” , para determinar qué trabajadores que hayan estado en contacto con alguno contagiado, comenta Jorge Toyama, abogado laboralista
Con los nuevos “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, que derogan resoluciones pasadas, se han dado algunas facilidades.
Jorge Toyama, abogado laboralista, explicó que hay dos puntos que deben resaltarse. Ahora se explica claramente qué es “contacto directo”, para determinar qué trabajadores que hayan estado en contacto con alguno contagiado, puedan aislarse también. Por ejemplo, tendrían que haber compartido el mismo ambiente por más de 60 minutos a menos de un metro.
Además, agregó Toyama, se determina que las empresas ya no deben realizar una visita domiciliaria, sino monitoreo a distancia.
Un resumen de las principales modificaciones de los lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de Salud de Trabajadores con riesgo de exposición COVID-19, según la Resolución Ministerial 239-2020-Minsa, realizado por el Estudio Vinatea & Toyama.
Fuente: Diario Gestión(06.07.2020)
Hola, para una mype de 9 trabajadores es necesario tener en planilla a la persona que elaborará el plan y definirá el tipo de riesgo de cada colaborador o lo puede hacer el representante legal.
Hola Connie, no es necesario que en planilla a la persona que elabora el plan, el Anexo 1 de la Res. 448-2020-MINSA precisa que en caso de empresas tipo 1, esto es empresas con 5-20 trabajadores y que no desarrollan actividades de riesgo, podrán contar con la consultoria de un profesional en Salud, es decir seria opcional, no obstante si su empresa desarrolla actividades de riesgo SI O SI DEBE CONTAR CON un profesional de salud que haya elaborado su Plan. Saludos