Son los ingresos obtenidos producto del arrendamiento, subarrendamiento o cesión de bienes muebles o inmuebles; también se consideran rentas de primera categoría a la cesión gratuita o a precio no determinado de estos bienes.
Algunas de las principales actividades que generan este tipo de renta son:
- El alquiler de tu casa, departamento, cochera u otros bienes inmuebles; así como el alquiler de autos, maquinarias, herramientas, u otros bienes muebles.
- Si eres inquilino, el alquiler de todo o parte del inmueble que ocupas a otra persona (subarrendamiento).
- El beneficio obtenido, producto de las mejoras introducidas a tu inmueble, que no estés obligado a reembolsar al inquilino.
- La cesión gratuita o a precio no determinado de tus bienes muebles o inmuebles.
¿Qué comprobantes debo emitir?
En consecuencia, toda persona que obtenga ingresos por estas actividades, estará obligada a pagar el impuesto a la Renta de Primera Categoría.
Dependiendo de la forma en que realizaste el pago, deberás entregarle al inquilino:
- El original del Recibo por Arrendamiento – Formulario 1683.
- La versión digital o impresa del Formulario Virtual 1683.
Ten en cuenta que estos recibos le servirán a tu inquilino para sustentar gasto para efectos tributarios, teniendo en cuenta que a partir del 2017 las personas naturales pueden deducir un adicional de 3 UIT, incluyendo los gastos por concepto de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles hasta por un 30% del monto del alquiler.
Además, el pago que realizaste lo puedes consultar con tu Clave SOL en la opción SUNAT Operaciones en Línea- Clave SOL, seleccionas Trámites y Consultas, luego Mis declaraciones y pagos/Consulto mis declaraciones y pagos/Consulta general, ya allí buscas tus recibos en 1683 – Recibo Arrendamiento Virtual.
Fuente: Emprender SUNAT
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