A través de un decreto supremo, el Produce estableció las actividades que podrán cambiar de giro únicamente con la presentación de una declaración jurada.
El Ministerio de la Producción estableció -a través del Decreto Supremo 009-2020-PRODUCE– las 43 actividades económicas que podrán cambiar de giro de su negocio con solo presentar una declaración jurada a la municipalidad de su distrito. ¿Cuáles son?
- Fotocopiado y/o impresión de pequeñas tiradas.
- Servicio de tipeo en pequeñas cantidades.
- Servicios de teléfonos públicos.
- Venta de tarjetas de telefonía o de recarga de celulares.
- Reparación y arreglo menor de prendas de vestir .
- Reparación de relojes de pulsera.
- Servicios de duplicado de llaves.
- Venta de boletos de lotería, de juegos de azar y de apuestas deportivas.
- Módulo para ventas al por menor de cintas de vídeo, CD y DVD.
- Servicios de embalaje y empaquetado en menor escala con fines de transporte.
- Porteadores de maletas.
- Módulo de venta de seguros de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
- Módulo de venta del seguro obligatorio de accidentes de tránsito – SOAT.
- Venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas o en conserva.
- Venta al por menor de productos lácteos y huevos.
- Venta al por menor de productos de panadería.
- Venta al por menor de confitería.
- Venta al por menor de tabaco.
- Venta al por menor de todo tipo de libros.
- Venta al por menor de periódicos.
- Venta al por menor de artículos de papelería.
- Venta al por menor de material de oficina.
- Venta al por menor de accesorios de vestir.
- Venta al por menor de artículos de perfumería y cosméticos.
- Venta al por menor de bisutería.
- Venta al por menor de flores y plantas.
- Venta al por menor de todo tipo de productos en puestos de venta móviles.
- Módulos portátiles para masajes.
- Actividades de astrología y espiritismo.
- Actividades de limpiabotas.
- Aparatos para tomar la tensión.
- Uso de básculas.
- Taquillas accionadas con monedas.
- Fotomatones.
- Expendio de productos a través de máquinas automatizadas.
- Expendio a través de refrigeradores, stands, módulos, entre otros.
- Delivery de productos.
- Stand de degustación de productos y ofrecimiento de muestras de productos.
- Lavado de autos realizada manualmente y en menor escala.
- Módulos móviles de alquiler de bicicletas, scooter, monopatín u otros similares.
- Servicio de alquiler de menaje y artículos de decoración en menor escala.
- Servicio de alquiler de efectos personales y enseres domésticos en menor escala.
- Coworking.
El decreto dispone también que la declaración jurada a presentar debe contener que la nueva actividad:
- No debe afectar las condiciones de seguridad.
- No pueden ser de riesgo alto ni muy alto.
- Deben ocupar un área menor a la que ocupa el giro del negocio.
- No deben alterar de manera estructural la infraestructura del establecimiento, ni el desarrollo del giro del negocio.
Fuente: Diario Gestion(12.05.2020)
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