¿Certificado de Rentas o Reporte de Retenciones?
Actualmente este certificado fue remplazado por el reporte de Rentas y Retenciones emitido por la SUNAT el cual puedes obtener con tu clave SOL.
Hasta el 28 de febrero 2017 el empleador estaba obligado a entregar al trabajador el certificado de rentas y Retenciones cada 1 de marzo de cada año o al termino de la relación laboral, sin embargo esta obligación ha sido eliminada por el Decreto Supremo 033-2017-EF. Veamos que es lo que se cambió:
Antes del del 1 de marzo del 2017
Art.45° Del Reglamento de la la Ley del Impuesto a la Renta(Norma anterior)
1.Tratándose de contribuyentes domiciliados en el país
“Los agentes de retención de rentas de segunda, cuarta y quinta categorías,
deberán entregar al perceptor de dichas rentas, antes del 1° de marzo de
cada año, un certificado de rentas y retenciones, en el que se deje
constancia, entre otros, del importe abonado y del impuesto retenido
correspondiente al año anterior”
“Tratándose de rentas de quinta categoría, cuando el contrato de trabajo se
extinga antes de finalizado el ejercicio, el empleador extenderá de inmediato,
por duplicado, el certificado a que se hace referencia en el párrafo anterior,
por el período trabajado en el año calendario. La copia del certificado deberá
ser entregada por el trabajador al nuevo empleador.”
Después del 1 de marzo del 2017
Inciso c) del articulo 41° del Reglamento de la Ley de Impuesto a la Renta(Norma actual)
“En los casos de trabajadores que hubieran percibido remuneraciones de más de un
empleador en un mismo ejercicio, para efecto de la retención, el nuevo empleador
considerará las remuneraciones y retenciones acreditadas de acuerdo a lo que señale la SUNAT mediante resolución de superintendencia.”
Ingrese a un nuevo trabajo ¿Como acredito mis rentas y retenciones efectuadas por mi trabajo anterior?.
En este caso el trabajador debe ingresar con su clave sol a la SUNAT y generar el reporte de rentas y retenciones el cual debe remitir por correo electrónico a su empleador vigente.
Base legal: Res 350-2017-SUNAT
No tengo clave sol soy un trabajador que no tiene RUC ¿Que hago?
Tranquilo, en este caso la SUNAT ha establecido una forma de que puedas obtener tu clave sol para generar tu reporte de retenciones, sigue los siguientes pasos:
Conclusiones:
- El certificado de rentas y retenciones actualmente es el reporte de rentas y retenciones otorgado por la SUNAT con tu clave sol.
- El reporte de rentas y retenciones debe ser entregado a tu nuevo empleador cada vez que inicias a laborar en un nuevo trabajo.
Recomendaciones:
- Si cambiaste de empleador debes remitir el reporte de Rentas y Retenciones a tu nuevo empleador para que este lo considere en el calculo de tus Retenciones de 5ta Categoría.
- Si el reporte de retenciones no concuerda con lo que realmente te pagaron te recomiendo presentar una declaración jurada donde se precise el monto correcto.
Deja un comentario